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Keren Rojas
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Keren Rojas
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¿Qué Modificaciones hizo la Ley Nº 31806 a la Ley Nº 31557?

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Modificaciones en la Ley
¿Qué Modificaciones hizo la Ley Nº 31806 a la Ley  Nº 31557?

El 28 de junio de 2023, el ejecutivo promulgó la Ley Nº 31806 que modificó 14 artículos de la Ley de Apuestas Nº 31557.

¡La Ley Nº 31806 modifica aspectos clave que los operadores deben tener en cuenta antes de solicitar una Autorización de Explotación!

Las modificaciones surgieron como respuesta a las observaciones realizadas por gremios, como APADELA, luego de la pre-publicación del reglamento de la Ley Nº 31557.

En este artículo te contaré qué artículos se modificaron y cuáles son los aspectos más importantes de la Ley Nº 31806.

¡Empecemos!

La Ley Nº 31806 modificó los Artículos 3, 7, 8, 11, 12, 13, 15, 22, 24, 26, 29, 31, 38 y 40 de la Ley Nº 31557.

Pero luego de revisar cada uno de los artículos, te presento los puntos clave que tanto los operadores como apostadores en Perú deben tomar en cuenta.

1. Sobre la Garantía Exigible

De acuerdo al Artículo 24 de la Ley Nº 31557, el monto de garantía exigible que debían pagar las empresas para solicitar una Autorización de Explotación era de 200 UIT.

Sin embargo, la nueva ley indica que este monto ya no sería de 200 sino de 600 UIT.

Importante: En el año 2024, el valor de 1 UIT es de S/ 5,150.

2. Sobre los Medios de Pago

El único medio de pago prohibido en las casas de apuestas de acuerdo a la ley son las criptomonedas.

Lo que quiere decir que el jugador puede utilizar dinero circulante, tarjetas de débito o crédito o cualquier otro método de pago permitido por el operador.

3. Sobre los Premios y Ganancias

Se deja explícito en la ley que los jugadores pueden retirar los premios obtenidos a través del medio de pago que ellos elijan.

Además, también pueden hacerlo a través de una cuenta a su nombre en entidades financieras que estén supervisadas por la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS).

4. Sobre los Impuestos y Contribuyentes

Las nuevas modificaciones de la ley en el Artículo 40, indican que las personas que están sujetas al impuesto del 12% de la base imponible son las siguientes:

  • Las personas jurídicas constituidas en el Perú
  • Las personas jurídicas constituidas en el exterior

Esto quiere decir que tanto las empresas peruanas como extranjeras estarán sujetas al pago de impuestos.

5. Sobre las Obligaciones de los Titulares

Anteriormente, la Ley Nº 31557 indicaba que solo las empresas que tuvieran dominios con extensión “bet.pe” podrían obtener la Autorización de Explotación de Apuestas Deportivas.

Sin embargo, la Ley Nº 31806 hace énfasis en que ahora, las plataformas con extensión “.bet.pe”, “.bet”, “.com”, “.pe” y “.com.pe” también podrán operar y solicitar una Autorización al MINCETUR.

Asimismo, las empresas ahora estarán obligadas a verificar la identidad, edad y nacionalidad del jugador al momento de su registro.

Te invito a leer el artículo: Requisitos para Legalizar una Casa de Apuestas en Perú.

La entrada en vigencia de la Ley de apuestas está programada para el 09 de febrero de 2024 y las casas están enfocadas en cumplir los requisitos necesarios para solicitar la Autorización de Explotación.

Por otro lado, es importante resaltar que la importancia de la Ley Nº 31806 radica en las modificaciones que hizo en aspectos como el monto de la garantía que los operadores deben entregar para obtener la Autorización correspondiente.

Una vez que los operadores tengan la Autorización de parte del MINCETUR, sus actividades serán reguladas y podrán operar de forma libre y transparente en el mercado peruano.

Por último, hago énfasis en que la Ley Nº 31806 solo modifica 14 artículos de la Ley.

Así que, es crucial que los operadores y apostadores interesados en conocer toda la normativa, consulten tanto la Ley Nº 31557 como el reglamento aprobado el 13 de octubre de 2023.

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